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Mayo 2005

CORREDORES MULTIMODALES
Administración General de Aduanas

Con la firma del Acuerdo de Concertación para el Desarrollo de Corredores Multimodales en junio de 2004, diferentes dependencias del gobierno federal, entre ellas la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el sector privado, unieron esfuerzos a fin de iniciar actividades encaminadas a incrementar la competitividad de la economía nacional mediante la facilitación, desarrollo de cadenas logísticas en territorio nacional y su vinculación segura y eficiente con el exterior.

La Administración General de Aduanas, al firmarse el Acuerdo, solicitó la publicación de la regla 3.7.15. para promover el tránsito internacional por ferrocarril en los corredores multimodales. Ésta fue publicada el 30 de noviembre de 2004 en la Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, previendo en una primera etapa las rutas siguientes: Lázaro Cárdenas-Nuevo Laredo, Manzanillo-Ciudad Juárez y Manzanillo-Nuevo Laredo.

En la actualidad existen terminales multimodales, llamadas así por contar con dos o más sistemas de transporte para la entrada y salida de mercancías; pueden ser terrestres (ferrocarril y camión), marítimos y aéreos presentándose diferentes combinaciones en función de la terminal. Una terminal portuaria puede tener sistemas de transporte marítimo y terrestre, mientras que una interior, ferrocarril, camión, y en algunos casos, aeropuerto. Además, recintos fiscalizados que permiten el manejo de los productos.

Es en estas terminales donde se inicia el trayecto de las mercancías dentro del proyecto de los corredores multimodales que son, básicamente, rutas por las que se permitirá el transporte en tránsito internacional mediante un pedimento de importación temporal.

En la citada regla, se brindan como principales beneficios:

1. Procedimiento simplificado para el tránsito internacional por ferrocarril.

2. En lugar de garantizar el monto por operación de las contribuciones y cuotas compensatorias (35% del IGI o 260%), se otorga una garantía anual por 600 mil pesos (lo que representa aproximadamente 50 mil en forma mensual, o 1,600 diarios).

3. Se permite el tránsito de mercancías sensibles enlistadas en el Anexo 17 (mercancías por las que no procede el tránsito internacional por territorio nacional), tales como café; extracto de café líquido; preparaciones alimenticias; animales vivos; legumbres, hortalizas y plantas alimenticias; artículos eléctricos, electrónicos y electrodomésticos; manteca y grasas; cerveza; cigarros; madera contrachapada; pañales; textiles; accesorios para la industria del vestido; maletas y zapatos; calzado; herramientas; bicicletas y juguetes.

Se prevé que en el transcurso de este año se sumen a los corredores rutas adicionales, en atención a la demanda de servicios en los puertos mexicanos.

A solicitud de las compañías ferroviarias se realizaron las modificaciones pertinentes al marco legal, así como el trazado de las rutas para brindar un servicio competitivo que cubra las necesidades de los usuarios potenciales. Las modificaciones están en función del tipo de clientes y de las mercancías que manejan, que se prevé sean de origen asiático.

También se estableció que el único medio de transporte sea ferroviario con la intención de garantizar la seguridad para las empresas, la mercancía y la protección de la industria nacional.

En forma paralela al nacimiento de estos corredores, resulta la derogación del artículo 38 de la Ley Federal de Derechos, que establecía un pago de derechos por el tránsito internacional de 10.68 pesos por kilo; a partir del 1 de enero, el derecho por el tránsito internacional es una cuota fija de 179 pesos, sin que la misma se incremente en atención a la cantidad de mercancía, lo cual, en operaciones de grandes volúmenes de carga, redunda en la optimización de costos para las operaciones de tránsito internacional, y en este caso, para aquellos traslados de mercancías de comercio exterior que se realicen al amparo de los corredores internacionales mencionados.

Con el esquema de los corredores internacionales, se abren alternativas para el arribo de carga procedente de Asia, la cual actualmente arriba a los Estados Unidos, específicamente a los puertos de Long Beach y Los Ángeles, generándose opciones de servicio para aquellas empresas que desean trasladar mercancía procedente de Asia con destino a los Estados Unidos en un menor tiempo y bajo costos razonables, esperando ahorros de hasta 15% por concepto de transporte por contenedor, ya que actualmente estos puertos de la Unión Americana se encuentran saturados y las empresas navieras pasan tiempos considerables en espera de poder desembarcar las mercancías.

Bajo estas consideraciones, la puesta en marcha de los corredores internacionales, que se prevé para el segundo semestre del año en curso, representará un detonador importante para el crecimiento de nuestros puertos, tanto en materia de infraestructura como de servicios, puesto que su operación implica el desarrollo de servicios de transporte ferroviario e incluso carretero, terminales multimodales de carga y servicios conexos.

 

 
 
 
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